El Tribunal Supremo ha determinado que el ingreso en prisión de un progenitor no es causa suficiente para extinguir el pago de la pensión alimenticia a sus hijos menores de edad y que deberá cumplir con su obligación mientras no acredite la falta de recursos económicos para hacerla efectiva.
La Sala de lo Civil ha fijado doctrina después de que varias Audiencias Provinciales emitieran pronunciamientos contradictorios en esta materia. Mientras unas entendían que el ingreso en la cárcel reduce la capacidad de pago del recluso, otras consideraron que la estancia en prisión no supone un impedimento absoluto para acceder a un trabajo remunerado conforme a la legislación penitenciaria.