¿Cuándo esta contraindicada la mediación?

El planteamiento del que parte la mediación puede dar lugar a una visión excesivamente optimista de la misma, llegándose incluso a creer que la mediación es la solución a todo tipo de problemas.

Es por ello, por lo que se debe reconocer con humildad que este tipo de intervención, como cualquier otra, tiene sus limitaciones; esencialmente porque trabaja partiendo de la libre voluntad de las partes, y allí donde ésta, se encuentre mediatizada por alguna circunstancia, la mediación estará siempre contraindicada.

En este sentido, la mediación familiar, no es aconsejable para aquellos casos en los que:

  • Algún miembro de la pareja no ejerce el control sobre su voluntad y, por lo tanto, es incapaz de asumir compromisos adquiridos o incluso de adquirir compromiso alguno. Situaciones tales como alcoholismo, toxicomanía, ludopatía etc., requieren de un tratamiento previo al inicio de un proceso de mediación familiar.
  • Tampoco es aconsejable la mediación en todos aquellos supuestos en los que uno de los miembros de la pareja o sus hij@s sean objeto de violencia familiar, porque en estos casos las decisiones estarán inevitablemente condicionadas por el desequilibrio de poder que existe entre la pareja, llegando a influir en los acuerdos el temor al otro, con el consiguiente riesgo para los miembros de la unidad familiar victimas de la violencia y el incremento de la probabilidad de incumplimiento del acuerdo.